Defensa Del Deudor, S. C.

¡NO DEJES QUE EMBARGUEN TU SUELDO!

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Tener una deuda y no poder pagarla puede quitarte el sueño. ¿Cuál es la mejor forma de evitar esta situación?

Definitivamente, el presupuesto guiará nuestro camino en la administración de los recursos que hemos ganado con tanto esfuerzo. Así, la mejor forma de evitar el sobreendeudamiento es tener muy claro cuánto ganamos y cuánto gastamos, y al detectar que algo anda mal comenzar con un plan de austeridad para bajarle a las deudas lo más que podamos, recomienda Ángel González, director y vocero de la organización civil Defensa del Deudor.

No te pierdas: Bancos pueden embargar salarios de deudores

Gastar más de lo que ganamos daña seriamente a nuestras finanzas porque en la primera eventualidad, lo que teníamos contemplado se sale de control y es ahí donde comienzan los problemas al no poder solventar nuestros compromisos.

“Lo máximo que te puedes permitir endeudarte es hasta 30 por ciento de tu ingreso mensual, eso se refiere a los créditos personales, hipotecarios, en tarjetas de crédito”, explica el experto.

González dijo que el promedio de las personas que acuden a ellos están endeudadas por encima de 60 por ciento de su ingreso mensual, lo cual refiere que la gente está viviendo del crédito.

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Debo, no niego, pago, no tengo

Según estudios realizados por la organización civil la mayoría de los deudores tienen la voluntad de pagar sus deudas. Sin embargo, hay situaciones que les impiden hacerlo.

Una de las principales causas por las que la gente deja de cumplir con sus compromisos es la pérdida del empleo (42%), mientras que 21 por ciento reporta bajas ventas en sus negocios y 17 por ciento de ellos ha tenido que cerrar su negocio y el restante 20 por ciento expone diversas situaciones.

Para Ángel González la razón del alto nivel de cartera vencida de los bancos es que cuando los deudores se acercan a solicitar un plan para pagar sus deudas les ofrecen planes estandarizados que no responden a la situación personal del deudor.

De hecho, aunque ocho de cada diez deudores tengan la voluntad de pagar el plan que le ofrece su acreedor no puede pagarlo, porque no se adecua a sus posibilidades presupuestarias.

Es entonces cuando, explica, la gente no tiene otra opción que dejar de pagar y ello impacta en el valor del banco en el mercado y contrata a despachos de cobranza, incluso se llega a instancias legales en las que se interponen juicios mercantiles en los que, como determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se puede embargar el sueldo.

“Con este tipo de medidas todo mundo pierde, particularmente pierde el deudor quien por la constante intimidación que hacen los cobradores incluso puede perder su empleo, pero además pierden los acreedores porque menos recuperan su dinero”, advierte.

¿En qué situación estás?

Defensa del Deudor es una organización civil que puede ayudarte de dos maneras: Dándote asesoría gratuita sobre cómo negociar las deudas con tus acreedores, y representarte legalmente ante las instituciones que te otorgaron un crédito y negociar

  • Endeudamiento bajo. Cuando el problema apenas comienza, por ejemplo, si eras un pagador totalero y por diversas circunstancias ahora sólo pagas el mínimo, pero consideras que no podrás sostener esta situación, la recomendación es acercarte a tu acreedor y solicitar un plan personal de pagos o una reestructura.
  • Endeudamiento medio. Si tienes tres meses sin pagar tus deudas porque no te alcanza, puedes acudir a la institución financiera y solicitar una quita, ello significa un descuento de tu deuda, el pago lo tienes que hacer en una sola exhibición.
  • Endeudamiento alto. Si llevas más de seis meses sin pagar seguramente recibirás una oferta de tu institución o tal vez ésta ya vendió la cartera a un despacho de cobranza quienes tratarán de recuperar el crédito con toda clase de prácticas intimidatorias, sólo recuerda que ellos no pueden hacerte nada, salvo requerir el pago.
  • Si tu situación ya llegó a un juicio mercantil es necesario que tengas un abogado, puedes acercarte a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), a un despacho de abogados o con Defensa del Deudor, analiza quién te puede ayudar de la mejor forma, recomienda González.

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A considerar

Los juicios mercantiles han crecido 30 por ciento hasta mayo de 2014, respecto al mismo periodo de 2013. Los créditos personales y los créditos a través de tarjeta de nómina son los que más han aumentado.

Fuente: Dinero en Imagen http://www.dineroenimagen.com/2014-05-21/37512

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Si las deudas se han convertido en un problema en tu vida, contáctanos, podemos ayudarte.

Defensa Del Deudor, SC.

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Video: ¿Qué es Defensa Del Deudor?

El cobro “a lo chino” de nuestra nómina ¿es legal?

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Si decides suspender los pagos para ahorrar y pagar con una Quita debes saber que los bancos pueden COBRARSE A LO CHINO, es decir tomar el dinero de las cuentas de ahorro, nómina e inversión que tengas con el banco al que suspendiste los pagos. 

Desafortunadamente sí lo es y eres tú mismo, quien así lo autoriza.

Primero, debemos distinguir lo que es un embargo de salario y lo que es un «cobro a lo chino», pues son dos cosas similares, pero diferentes.

El embargo del salario se da por medio del mandato de un juez, esto derivado de un proceso judicial (demanda), interpuesta en contra de una persona por alguna deuda que presenta.

Lee: La SCJN dictamina que el salario SÍ puede ser embargado por deudas de caracter mercantil: Clic aquí

¿CUÁNDO EXISTE UN EMBARGO?: Cuando un salario es embargado mediante el mandato de un juez derivado de un juicio, en nuestros recibos de nómina vendrá el descuento ordenado por el juez. Es decir que, al momento de que nuestro patrón nos pague, podremos ver ése descuento y vendrá claramente señalado su origen. No importa si nos pagan en efectivo, cheque o deposito bancario. El descuento se dará ANTES de que se nos pague nuestro sueldo automáticamente, pues nuestro patrón depositará el porcentaje otorgado a nuestro acreedor.

EL COBRO A LO CHINO: Cuando solicitamos un crédito y/o préstamo de cualquier tipo, siempre existirá un CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO (nos lo entreguen o no) que respalde dichos créditos y/o préstamos y una de las claúsulas señaladas en dicho contrato dice (más o menos) lo siguiente:

El CLIENTE faculta al BANCO para cargar en cualquier cuenta de depósito que este último le lleve al CLIENTE, el importe de cualquier saldo del crédito no pagado dentro de los plazos previstos y que por tanto deba considerarse vencido de conformidad con las estipulaciones de este Contrato.

Todas las claúsulas de estos contratos las aceptas de dos formas:

a) Mediante firma autógrafa y/o

b) Al disponer de la línea de crédito (usar la tarjeta o disponer del efectivo)

Luego (Y AQUÍ LA PARTE IMPORTANTE), tu patrón depositará tu sueldo completo, sin ningún tipo de embargo o descuento, pero, al momento de que tu sueldo «cae» en el banco, automáticamente pierde la denominación legal de: «SALARIO» y se convierte en un dinero común y corriente que tú mismo aceptaste (de buena o mala gana) te fuese depositado en ése banco, en una CUENTA DE AHORRO de la cual, el banco se podrá cobrar impunemente, pues (cómo ya mencione lineas atrás), ya no es más tu SALARIO el cual estaba protegido por la ley, pues en tu recibo de pago no existe descuento alguno, tu SALARIO en términos legales prácticos te fue pagado completo.

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Así las cosas, es por esa LAGUNA LEGAL que los bancos se pueden COBRAR A LO CHINO de tu sueldo sin problema legal alguno.

¿Cualquier acreedor se puede cobrar a lo chino?

No. Solo los bancos con los que tengas una deuda y solamente que sea en ése mismo banco en donde te depositen tu sueldo. NO EXISTE LA POSIBILIDAD de que si tu le debes al BANCO X y tu sueldo es depositado en el BANCO Y, el BANCO X le pida al BANCO Y descuente la deuda de tu sueldo.

PROTEGE TU NÓMINA DE LOS COBROS A LO CHINO.

CAMBIA TU NÓMINA

Si vas a suspender los pagos en un banco donde tienes tu nómina, tienes altas probabilidades de que se COBREN A LO CHINO y una quincena descubrirás que no te dejaron nada.

Para evitarlo debes cambiar tu nómina de banco. LA PORTABILIDAD DE NÓMINA NO SIRVE porque primero tu patrón depositará en el banco donde tienes la deuda y luego este banco hará el depósito de  lo que sobre (si es que algo sobra). al banco que tu escogiste.

QUE TE PAGUEN POR OTRO MEDIO: Pedir que te paguen en EFECTIVO o CHEQUE.

QUE TE PAGUEN DIRECTAMENTE EN OTRO BANCO: Ve al área encargada de realizar los pagos en tu empresa y solicita que te depositen en otro banco tu sueldo. Puedes alegar que tienes un problema por cargos no reconocidos o algún otro conflicto con el banco en el que se hacen los depósitos de nómina de tu empresa y que deseas que te depositen en otro lado mientras lo solucionas. Hazlo fácil para ellos, ofreciéndote a realizar tu mismo cualquier tramite necesario.

ABRIR UNA CUENTA EN ÉSE BANCO A NOMBRE DE UN TERCERO: Se reporta el extravío de la tarjeta original a R.H. (o al área que corresponda) para que te paguen en efectivo o en cheque esa quincena, posteriormente, regresas y les dices que ya reportaste tu la tarjeta como extraviada al banco y que te van a dar otra. Vas al banco y abres una cuenta a nombre de un tercero de tú entera confianza, como no están personalizadas (no se ve el nombre) solo das copia del frente y tu CLABE Interbancaria para que te depositen ahí. Los depósitos de nomina se realizan por transferencia interbancaria y se utiliza la CLABE y no el nombre del titular para esos depósitos.

POR MEDIO DE UN ESCRITO FORMAL: Nuestra organización, con el apoyo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), puede otorgarte una carta formal de solicitud de cambio de banco para el depósito de tu nómina.

Lee más al respecto: Clic aquí

 

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Cuida tu dinero.

Ahora mismo lo que más necesitas son recursos para poder estabilizar tu economía y poder pagar tus deudas. Protege tu sueldo del abusivo COBRO A LO CHINO.

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Programas de radio de asesoría en vivo, lunes 3 pm y jueves 9 pm: www.radioddd.org